Participacion Ciudadana

PARTICIPACION SOCIAL EN SALUD

Se denomina participación social a cada una de las acciones individuales o colectivas que, en el marco de la constitución y el derecho, emprenden las personas con el propósito de incidir en las decisiones políticas o administrativas, en la gestión y resultados, y en la información y control de las realizaciones que despliegan organismos públicos o privados y que afectan de alguna manera la vida social, política, económica, cultural, ambiental de las personas y de las comunidades.

Quiénes pueden ejercer la participación en el sector en salud?

Todos los usuarios del Sistema General de Seguridad Social en Salud, a través de una organización o de forma individual.

¿Cuáles son las formas de participación en salud?

En el sector salud existen dos formas de ejercer la participación:

La Participación Social y la Participación en las Instituciones del sistema de salud.

Participación Social comprende

  • La Participación en las Instituciones La Participación Ciudadana, se refiere al ejercicio individual de la defensa de los derechos y la práctica de los deberes del usuario.
  • La Participación Comunitaria, es el derecho de las organizaciones comunitarias a participar en las decisiones de planeación, gestión, evaluación y veeduría en salud.

La participación en las instituciones, es la interacción de los usuarios con los servidores públicos y privados. Tiene como objetivo de contribuir en el mejoramiento de la prestación del servicio en salud. Es otra forma de participación en el sector.

Para qué ejercer la participación en el sector salud?

Para contribuir de forma propositiva en el fortalecimiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud en busca de la garantía de la prestación efectiva de los servicios en salud

Qué y cuáles son las formas de participación en salud?

Son todos aquellos espacios, estrategias e instrumentos tendientes al ejercicio de los deberes y derechos del individuo, para propender por la conservación de la salud personal, familiar y comunitaria y aportar a la planeación, gestión, evaluación y veeduría en los servicios de salud:

Alianzas o Asociaciones de Usuarios

Es el mecanismo de participación con que cuentan las personas afiliadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud, que tienen derecho a utilizar servicios de salud de acuerdo con su sistema de afiliación, quienes se agrupan bajo esta figura para velar por la calidad del servicio y la defensa de los derechos del usuario ante las instituciones prestadoras de servicios de salud y las Empresas Promotoras de Salud, del orden público, mixto y privado.

Algunas de las funciones de las Alianzas o Asociaciones de Usuarios son:

  • Asesorar a sus asociados en el ejercicio del derecho de la libre elección, y acceso al paquete de servicios.
  • Participar en las Juntas Directivas de las empresas promotoras de salud e instituciones prestatarias de servicios de salud, sean públicas o mixtas, para proponer y concertar medidas tendientes a mejorar la calidad de los servicios y la atención al usuario.
  • Informar a las instancias que corresponda y a las instituciones prestatarias y empresas promotoras, si la calidad del servicio prestado no satisface la necesidad de sus afiliados.
  • Atender las quejas que los usuarios presenten sobre las deficiencias de los servicios y vigilar que se tomen los correctivos del caso.
  • Proponer las medidas que mejoren la oportunidad y la calidad técnica y humana de los servicios de salud.

Comité de Participación Comunitaria en Salud – COPACOS

Es una forma de participación social en salud que tiene como objetivo generar un espacio entre los diferentes actores sociales (Juntas Administradoras Locales, organizaciones de la comunidad, la iglesia, el sector educativo, entre otros) y el Estado (Alcalde, Director o Secretario de Salud, Director de la ESE más representativa)

Algunas de las funciones del COPACOS, son:

  • Intervenir en las actividades de planeación, asignación de recursos y vigilancia y control del gasto respecto del SGSSS.
  • Presentar iniciativas en salud a la junta directiva del organismo de salud y a las entidades territoriales.
  • Proponer a quien corresponda la realización de programas de capacitación e investigación.
  • Consultar e informar periódicamente a la comunidad sobre las actividades y discusiones del comité y las decisiones de las juntas directivas.

Comité de Ética Hospitalaria

Instancia que deben conformar las instituciones de salud públicas, privadas o mixtas que presten servicios de hospitalización en la modalidad intramural. Lo integran el director del Hospital o su delegado, 1 representante de equipo médico y uno del personal de enfermería del hospital, y la comunidad a través de dos representantes de la asociación de usuarios y dos delegados del COPACOS – del área de influencia de la Institución Prestadora de Servicios de Salud IPS.

Algunas de las funciones del Comité de Ética Hospitalaria son:

  • Promover programas de promoción y prevención en el cuidado de la salud.
  • Velar porque se cumplan los derechos y deberes oportunamente.
  • Proponer las medidas que mejoren la oportunidad y la calidad técnica y humana de los servicios de salud-.
  • Atender y canalizar las veedurías sobre calidad y oportunidad en la prestación de servicios de salud.
  • Atender y canalizar las inquietudes y demandas sobre prestación de servicios de la respectiva institución

Veedurías ciudadanas

Es el ejercicio ciudadano, comunitario, institucional o social cuyo propósito es vigilar la gestión pública, los resultados de la misma, la prestación de los servicios y la gestión financiera de los actores del SGSSS. Todos los ciudadanos en forma plural o a través de organizaciones civiles podrán constituir veedurías ciudadanas.

Sus principales funciones son

  • Contribuir a una gestión adecuada de los organismos de salud.
  • Propiciar decisiones saludables por parte de las autoridades, la empresa privada, las entidades públicas y la comunidad.
  • Fomentar el compromiso de la colectividad en los programas e iniciativas en salud.
  • Velar por una utilización adecuada de los recursos.
  • Coordinar con todas las instancias de vigilancia y control la aplicación efectiva de las normas y velar por el cumplimiento de las mismas.

Rendición de Cuentas

Es la obligación de todos los actores del Estado de informar y explicar sus acciones a otro(s) que también tienen el derecho de exigirla, como una expresión de control social.

Todas las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios Obligatorios, Empresas Sociales del Estado del sector salud y las Instituciones Prestadoras de Salud públicas, tienen la obligación de realizar audiencias públicas, por lo menos una vez al año, con el objeto de involucrar a los ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil en la formulación, ejecución, control y evaluación de su gestión. Para ello deberán presentar sus indicadores en salud, gestión financiera, satisfacción de usuarios y administración.

Cuáles son las normas que regulan el ejercicio de la participación ciudadana en salud?

Ley 850 de 2003,

por medio de la cual se reglamentan las Veedurías Ciudadanas

Ley 1122 de 2007

por la cual se hacen algunas modificaciones en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Ley 1438 de 2011

sobre la obligatoriedad de audiencias públicas de entidades promotoras de salud y empresas sociales del Estado

Ley 1474 de 2011

por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.

Ley 1751 de 2015,

Ley 1751 de 2015, Ley estatutaria de la Salud. Por medio de la cual se regula el derecho fundamental y se dictan otras disposiciones

Decreto 2461 de 2012,

por el cual se reglamentan los artículos 73 y 76 de la ley 1474 de 2011.

Decreto 780 de 2016

Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social”, Artículos 2.10.1.1.1 a 2.10.1.1.23.

Ley Estatutaria 1757 de 2015

Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática”

Resolución 2063 de 2017

Por la cual se adopta la Política de Participación Social en Salud (PPSS

La ESE Hospital San Juan de Dios, consciente de la importancia de la Participación de los Ciudadanos se compromete a incorporar la participación ciudadana en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos institucionales, con el propósito de institucionalizar prácticas regulares de inclusión de la ciudadanía que aporten al desarrollo organizacional.

Se dispone de un plan de Participación social en salud, para incentivar la participación ciudadana en los diferentes grupos de interés. Si quieres conocerlo haz clic aqui

Se dispone de canales de comunicación con el uso de medios electrónicos y presenciales para brindar información a la ciudadanía.

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